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Estado y démocracia en el pensamiento politico de Jean-Jacques Rousseau

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par Smith Augustin
Instituto filosà³fico Pedro Francisco Bonà³ - Licence en philosophie et sciences humaines 2008
  

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3.2- De la democracia como fundamento del Estado

3.2.1- La soberanía popular y la legislación: principio de inalienabilidad, de indivisibilidad y de indestructibilidad

«De cualquier modo, en el instante en que un pueblo

nombra representantes, ya no es libre, ya no existe»66(*).

La soberanía popular en Rousseau es en primer lugar la culminación del contrato social que funda el Estado. Por consiguiente, La soberanía popular es a la vez la finalidad y la esencia misma del contrato social de Rousseau y de toda su teoría democrática. Rousseau quiere igual participación de todos los ciudadanos en todo lo que es relativo al Estado; la soberanía popular es su respuesta como realización concreta de este proyecto de democracia directa participativa.

En segundo lugar, se puede decir también que, para Rousseau, la soberanía popular es un mecanismo para garantizar que domine siempre el interés común sobre el interés particular; y proviene pues de su escepticismo hacia las estructuras monárquicas y aristocráticas.

Para Rousseau, si un monarca o una aristocracia soberana puede con el tiempo alejarse del bien común para seguir y realizar proyectos propios, también para él, eso es imposible en caso que el pueblo sea soberano ya que como tal nunca puede perjudicarse a sí mismo. Cito: «Al no estar formado el soberano más que de los particulares que lo componen, no tiene ni puede tener intereses contrarios a los suyos. Por tanto, el poder soberano no tiene ninguna necesidad de garantía con respecto a los súbditos, porque es imposible que el cuerpo quiera perjudicar a todos sus miembros - y veremos a continuación que no puede perjudicar a ninguno en particular -. El soberano, por ser lo que es, es siempre lo que debe ser»67(*).

Del mismo modo, cabe precisar o recordar que el «pueblo» en Rousseau, no es la «gran mayoría de los pobres», no es, lo que será en el marxismo: clase obrera o proletaria. Tampoco es la inmensa masa empobrecida de los campesinos y los desempleados de los suburbios. El pueblo soberano, en el pensamiento político rousseauniano, es el Estado. En pocas palabras, el pueblo para Rousseau, nos recuerda Copleston, no es «una determinada clase del estado distinta de la otra clase o de otras clases; entiende el entero cuerpo de los ciudadanos»68(*).

Ahora bien, siendo el pueblo, soberano en todos los casos, y la persona soberna, compuesta de todos los miembros de la comunidad, no se puede ni delegar la soberanía, ni dividirla, y ni destruirla sin destruir el Estado mismo. Sigue entonces estas tres características fundamentales e inviolables de la soberanía popular en Rousseau: inalienable, indivisible e indestructible.

- inalienable: la soberanía no se delega. Rousseau condena la democracia representativa (Locke). La democracia que defiende es directa: «los diputados del pueblo no son ni pueden ser sus representantes: sólo son sus administradores»69(*). Dicho en otras palabras: «no siendo la soberanía sino el ejercicio de la voluntad general, no puede enajenarse nunca, y el soberano, que no es sino un ser colectivo, no puede ser representado más que por sí mismo: el poder puede ser transmitido pero no la voluntad»70(*).

- indivisible: «Por la misma razón que la soberanía no es enajenable, también es indivisible. Porque la voluntad es general o no lo es»71(*).

Añadiendo que con esta tesis, Rousseau rechaza también la teoría de Montesquieu de la separación de los poderes. Como dice Copleston: «Rousseau es hostil a los cuerpos intermediarios, a las fracciones dentro del Estado. Un cuerpo representa necesariamente intereses particulares; no hay que contar con él para hacer prevalecer el interés general»72(*).

- indestructible: la indestructibilidad de la soberanía popular viene del poder absoluto, como poder de todos sobre todos y de cada uno sobre ninguno, que le concede el pacto social en la fundación misma del Estado: «El pacto social confiere al cuerpo político un poder absoluto sobre todos los suyos»73(*).

En verdad, Rousseau ha dicho «poder absoluto» pero hay aquí un matiz que se debe precisar. El carácter absoluto del poder de la soberanía popular se reduce al hecho de que ningún poder de un grupo o de un particular del Estado lo pueda superar; sin embargo, una vez que el mismo pueblo no este reunido en asamblea y por ende, estén sus miembros en condición de simples ciudadanos, la autoridad suprema pasa a ser la ley, ya que el Estado que se crea con el nuevo contrato social, antes de todo, es un «estado de derecho». Como lo dijo Rousseau en el Discurso sobre la economía política: «Es tan sólo a la ley a quien los hombres deben la justicia y libertad. Es ese saludable órgano de la voluntad de todos quien restablece, en el derecho, la igualdad natural de los hombres. Es esa voz celeste quien dicta a cada ciudadano los preceptos de la razón pública; quien le enseña a obrar según las máximas de su propio juicio y a no caer en contradicción consigo mismo. asimismo es a ella, tan sólo, a quien los jefes deben hacer hablar cuando mandan, pues tan pronto como un hombre pretende someter a otro su voluntad privada con independencia de las leyes, sale del estado civil y entra de lleno en el puro estado de naturaleza, en el cual la obediencia es prescrita tan sólo por la necesidad»74(*).

Ahora bien, quien decide de estas leyes? Para Rousseau, está claro: siendo el pueblo soberano, como tal, sólo él puede establecer leyes. No obstante, cuando a él mismo, se le vuelve problemática su propia concepción del pueblo a la vez legislador y soberano, se plantea la inevitable pregunta de la mentalidad aristocrática: «Cómo una voluntad ciega, que con frecuencia no sabe lo que quiere, porque rara vez sabe lo que le conviene, acometería por sí misma una empresa tan grande, tan difícil, como un sistema de legislación?»75(*). Rousseau responde a la pregunta reconociendo los límites del pueblo: «El pueblo quiere siempre el bien pero no siempre lo ve. La voluntad general es siempre recta pero el juicio que la guía no siempre es esclarecido»76(*). De allí se sigue que Rousseau admite la posibilidad de que un legislador guíe al pueblo pero quiere dejar inalterable el principio de la indestructibilidad de la soberanía popular. Si el legislador prescribe, no legitima: «El legislador es por todos los conceptos, un hombre extraordinario en el Estado. Si debe serlo por su talento, no lo es menos por su función, que no es la magistratura ni la soberanía»77(*). O sea: «Toda ley que el pueblo no haya ratificado directamente es nula y vacía»78(*).

Además, como lo defiende Rousseau en el Discurso sobre la Economía política: «el primer deber del legislador consiste en adecuar las leyes a la voluntad general»79(*).

Y, qué es la voluntad general?

* 66 CS, III, 15, p. 98.

* 67CS, I, 7, p. 18.

* 68Frederick Copleston, op., cit., p. 89.

* 69CS, II, 15, p. 106.

* 70CS, II, 1, p. 25.

* 71CS, II, 2, p. 26.

* 72Frederick Copleston, op., cit., p. 331.

* 73CS, I, 6, p. 15.

* 74DEP, pp. 14-15.

* 75CS, II, 6, p.38

* 76CS, II, 6, p.38

* 77CS, II, 7, p. 40

* 78CS, II, 7, p. 39.

* 79DEP, p. 17

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"Il faudrait pour le bonheur des états que les philosophes fussent roi ou que les rois fussent philosophes"   Platon